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CONSERVACIÓN |
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Aspectos legales sobre la Conservación de los Arácnidos |
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Resulta innegable el que la
legislación en materia de conservación de especies ha estado tradicionalmente
dirigida hacia el grupo de los vertebrados. Afortunadamente, en los últimos años
existe una clara tendencia a paliar este sesgo mediante la incorporación de un
mayor número de táxones vegetales y de especies de invertebrados a los catálogos
y listados con vigencia legal en concordancia con una visión más completa sobre
el concepto de biodiversidad (Gómez-Campo, 1987 y Rosas et al., 1992). No
obstante, hubo que esperar a los años setenta para que numerosos países de
Europa (Austria, Bélgica, Polonia, España, Suiza, Luxemburgo y Alemania)
adoptaran las primeras medidas para conservar a los invertebrados más amenazados
a través de la publicación de libros y listas rojas. En este sentido, a nivel
internacional, la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la
Naturaleza) contribuyó a aumentar la preocupación social acerca de la necesidad
de conservación de los invertebrados mediante la publicación del Libro Rojo de
Invertebrados de la UICN (UICN, 1983). Estos listados sirvieron de base para la
elaboración de listados en convenios de carácter nacional e internacional que, a
su vez, han originado leyes cuyo objetivo es el de amparar y proteger legalmente
a estas especies. Sin embargo, es necesario mencionar aquí que de por sí la mera
inclusión de una especie en una lista roja resulta ser una medida poco eficaz si
no va acompañada de un esfuerzo paralelo o posterior de inclusión en catálogos
nacionales o regionales y de la protección de los hábitat donde se encuentran
las mismas (Viejo y Sánchez-Cumplido, 1995).
En España un hito de indudable
importancia ocurrió en 1985 cuando nuestro país se adhiere a los tratados
internacionales sobre protección de fauna y flora: Convenio de CITES, Convenio
de Berna, Convenio de Bonn y, ya en 1992, a la relevante Directiva Hábitats
(Directiva 92/43/CEE). En 1989, se aprueba la Ley 4/1989 de 27 de marzo de
Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres mediante
la cual todas las especies animales no incluidas en catálogos cinegéticos quedan
protegidas. A raíz de esta Ley se crea el Catálogo Nacional de Especies
Amenazadas y se faculta a las Comunidades Autónomas para la elaboración de sus
correspondientes Catálogos regionales en el marco de sus respectivas leyes de
protección de flora y fauna silvestres. |
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El listado de herramietas legales
de protección de los ambientes es relativamente extenso e involucra normativas
como la ya desarrollada Directiva Hábitat (que establece las ZECs o Zonas de
Especial Conservación), la Directiva Aves (que establece las ZEPAs o Zonas de
Especial Protección para las Aves) o la Red de Reservas de la Biosfera. Ademas
contamos con otros documentos normativos que de una u otra manera favorecen la
conservación de nuestro rico patrimonio natural, entre ellas destacamos aquí la
Ley de Costas, la Ley Forestal o la Ley del Suelo. |
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Algunas de las herramientas legales
anteriormente citadas se presenta a continuación ordenadas según su ámbito de
aplicación: |
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Convenios Internacionales |
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Comunitaria |
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Estatal |
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Real
Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan
estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, en
aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad.
-
Real
Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario
Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
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Real
Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de
Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo
Español de Esecies Amenazadas. Corrección de errores.
-
Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad.
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Autonómica |
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Plan estratégico del patrimonio natural y la biodiversidad 2011-2017 |
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Plan estratégico del patrimonio natural y la biodiversidad
2011-2017 (libro) (26,5 MB) |
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Atlas de invertebrados amenazados de España |
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Visita la web |
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Atlas de invertebrados amenazados de España |
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- Índice
- Autores y equipo de trabajo
- Introducción
- Metodología del trabajo de campo
- Base metodológica cartográfica
- Diseño de las fichas
- Lista Roja de los invertebrados de España actualizada
- Superando las limitaciones: Nuevas estrategias para nuevos retos
- Evaluación del estado de conservación de los invertebrados
amenazados de España (CR y EN)
- Portada cubierta del Atlas
- Créditos
Descarga del libro completo (4,67 MB) |
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Atlas y Libro Rojo de los Invertebrados Amenazados de España |
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Volúmen I: Artrópodos
- Portada
- Indice
- Autores y equipo de trabajo
- Prólogo
- Introducción
- Metodología del trabajo de campo
- Metodología cartográfica y modelos predictivos de distribución
- Diseño de las fichas
- Lista Roja de los Invertebrados de España Actualizada
- Mapa de distribución potencial de los artrópodos vulnerables
- Mapa de distribución potencial de los artrópodos en peligro
crítico y en peligro
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Volúmen II: Moluscos
- Autores y equipo de trabajo
- Mapa de distribución potencial de los moluscos vulnerables
- Mapa de distribución potencial de los moluscos en peligro
crítico y en peligro
- Los invertebrados amenazados de España: grado, factores de
amenaza y medidas de conservación
- Conservación de los invertebrados amenazados de España:
distribución de la riqueza de especies, extinción local y evaluación
de la efectividad de la Red de Espacios Naturales Protegidos
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Libro Rojo de los Invertebrados Amenazados de Andalucía |
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El Libro Rojo de los
invertebrados de Andalucía consta de cuatro tomos donde han sido incluidos
todos aquellos táxones (especies y, en algunos, casos subespecies) de
interés conservacionista según sus condiciones poblacionales cuyas áreas de
distribución incluyan o hayan incluido Andalucía. |
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Tomo I
- Introducción
- Metodología
- Análisis de los resultados
- Listado sistemático de los invertebrados del Libro Rojo de
Andalucía
- Invertebrados amenazados de Andalucía
- Filo Porifera
- Filo Cnidaria
- Filo Mollusca
- Glosario
- Créditos fotográficos
- Indice alfabético
- Tomo II
- Tomo III
- Tomo IV
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Tomo II
- Filo Mollusca (Continuación)
- Filo Echinodermata
- Especies marinas de otros filos
- Filo Arthropoda
- Subfilo Chelicerata
- Clase Arachnida
- Filo Crustacea
- Subfilo Hexapoda
- Clase Insecta
- Orden Odonata
- Orden Orthoptera
- Glosario
- Créditos fotográficos
- Índice alfabético
- Créditos fotográficos
- Indice alfabético
- Tomo II
- Tomo III
- Tomo IV
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Tomo III
- Subfilo Hexapoda (Continuación)
- Clase Insecta (Continuación)
- Orden Coleoptera
- Orden Lepidoptera
- Orden Hymenoptera
- Especies de otros órdenes de insectos
- Glosario
- Créditos fotográficos
- Índice alfabético
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Tomo IV
- Invertebrados de Andalucía con categoría menor de amenaza
- Filo Porifera
- Filo Cnidaria
- Filo Nematoda
- Filo Mollusca
- Filo Annelida
- Filo Arthropoda
- Subfilo Chelicerata
- Clase Arachnida
- Subfilo Crustacea
- Subfilo Hexapoda
- Clase Insecta
- Orden Odonata
- Orden Orthoptera
- Orden Coleoptera
- Orden Trichoptera
- Orden Lepidoptera
- Orden Hymenoptera
- Filo Bryozoa
- Filo Echinodermata
- Filo Chordata-Tunicata
- Bibliografía
- Autores de textos para especies de invertebrados NT (Casi
Amenazado), LC (Preocupación Menor) y DD (Datos Insuficientes)
- Anexo fotográfico
- Glosario
- Créditos fotograficos
- Índice alfabético
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Declaración de Granada |
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La “Declaración de Granada” vio
la luz en el transcurso del I Taller sobre Gestión Activa de los
Invertebrados en Andalucía celebrado en Granada en mayo de 2008. En este
encuentro, auspiciado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de
Andalucía, se dieron cita investigadores procedentes de diversos institutos
y centros de investigación, así como técnicos y gestores implicados en la
gestión del medio natural. La filosofía que enmarca a la “Declaración de
Granada” tiene como principios básicos la conservación de los invertebrados,
que no se debe olvidar que es con mucha diferencia el grupo mayoritario de
seres vivos, y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. |
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Invertebrados Endémicos de la Comunidad Valenciana |
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En enero del 2007 se publicó el
libro Invertebrados endémicos de la Comunitat Valenciana, bajo la
coordinación de Jordi Domingo, Sergio Montagud y Alberto Sendra y el
patrocinio del Museu Valencià d' Historia Natural, la Generalitat Valenciana
y la Caja de Ahorrors del Mediterráneo. |
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El interés del libro es
evidente para los entomólogos pues básicamente se ocupa de
artrópodos y moluscos (para decirlo todo, menciona también a dos
Nematoda y un Annelida). Geográficamente se abarca el territorio
valenciano, pero considerando igualmente zonas limítrofes exteriores
que corresponden a extensiones de hábitats u otros elementos
geográficos (relieves montañosos, cuencas hidrográficas, etc. Los
cuales no suelen molestarse en respetar los límites
administrativos). Así pues se consideran endemismos valencianos
algunas especies que pueden estar presentes fuera de Valencia. Un
total de 166 taxones han sido considerados verdaderos endemismos, a
los que se une información más resumida sobre otros 91 ‘endemismos
probables’. |
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Tras un amplia introducción en
la que se explican definiciones, conceptos, metodología y comentarios sobre
las características de los hábitats valencianos, para cada taxon se facilita
una ficha que incluye información taxonómica, biológica, sobre el hábitat,
una propuesta de categoría de protección (de uso ‘interno’ aunque basada en
terminología estandarizada) y un comentario concreto sobre el estado de
conservación de la especie, todo ello junto a un mapa del territorio donde
se señala la presencia de la especie en cuadrículas UTM de 10 x 10 km y, en
ocasiones, una fotografía del propio organismo (todas en color, como los
propios mapas). |
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La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) |
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http://www.iucn.org/ |
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La Unión Internacional para la
Conservación de la Naturaleza es una red medioambiental creada en 1948 que
agrupa más de 80 estados, 111 agencias gubernamentales, 784 ONG nacionales,
34 agencias afiliadas, 89 ONG internacionales y a unos 1.000 científicos y
expertos de 160 países. Es la mayor red mundial de estas características en
la que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente participa
como miembro. |
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Su misión es influir, estimular
y apoyar a las sociedades de todo el planeta, con objeto de mantener la
integridad de la naturaleza y asegurar el uso equitativo y ecológicamente
sostenible de los recursos naturales. La IUCN contribuye a encontrar
soluciones pragmáticas para los urgentes desafíos del medio ambiente y el
desarrollo que enfrenta el planeta, apoyando la investigación científica,
gestionando proyectos de campo en todo el mundo y reuniendo a los gobiernos,
las ONG, las Naciones Unidas, las convenciones internacionales y las
empresas para que trabajen juntas en el desarrollo de políticas, leyes y
buenas prácticas. |
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La IUCN desarrolla y apoya
ciencia de vanguardia para la conservación, particularmente en especies,
ecosistemas, biodiversidad y el impacto que éstas tienen en los medios de
vida humanos. Además, ejecuta numerosos proyectos de campo y ejerce su
influencia para desarrollar y aplicar leyes, políticas y buenas prácticas. |
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El Comité Español de la UICN |
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http://www.uicn.es/ |
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El Comité Español de la Unión
Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) es uno de los
Comités Nacionales oficialmente reconocidos por esta entidad. Se encarga de
difundir y desarrollar los programas, actividades e iniciativas de la UICN
en el territorio nacional a través de su Oficina Técnica, jugando un papel
cada vez más importante en el establecimiento de prioridades y la
implementación del programa de trabajo de la Unión en su área geográfica de
influencia. |
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Su objetivo fundamental es la
preservación del patrimonio natural y la diversidad biológica, actuando como
plataforma de encuentro y debate entre organismos gubernamentales y no
gubernamentales responsables o implicados en la conservación de la
naturaleza en España, facilitando el intercambio de experiencias gracias a
las redes de conocimiento de UICN e impulsando la cooperación entre ellos. |
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Al mismo tiempo, a través del
Comité, los miembros de UICN mejoran su posición para interactuar sobre
intereses compartidos en su región e identificar cuestiones que se puedan
abordar de manera conjunta. Esto lleva a la Oficina Técnica a trabajar en
términos de cooperación bidireccional con el Mediterráneo e Iberoamérica,
con el objeto de fomentar la inclusión del conocimiento y de las prácticas
tradicionales de las comunidades locales y su empoderamiento en los procesos
conservacionistas, transmitiendo así los conocimientos existentes en ambas
direcciones. |
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Guia de buenas prácticas para detener la pérdida de biodiversidad (2009) |
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Categorías y Criterios de la Lista Roja de la UICN Versión 3.1 |
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- I. Introducción
- II. El Preambulo
- III. Definiciones
- IV. Las Categorías
- V. Criterios para las categorías de en Peligro Crítico, en
Peligro y Vulnerable
- Anexo 1: Incertidumbre
- Anexo 2: Enunciación de las Categorías y Criterios de la Lista
Roja de UICN
- Anexo 3: Documentación Requerida para los Taxones Incluidos en
la Lista Roja de la UICN
- Referencias
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Definición de las categorías establecidas por la UICN
adoptadas para la evaluación de taxónes a nivel regional (tomado de la UICN,
2003). |
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Las listas rojas producidas por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN)
se han utilizado durante los últimos 30 años para llamar la atención sobre
las especies que se encuentran en peligro de extinción a nivel mundial. Las
categorías de la UICN fueron sometidas a una revisión desde 1987, puesto que
el sistema presentaba dificultades para su aplicación a algunos taxones como
plantas e invertebrados y además son pocas las especies a nivel mundial de
las que existe información suficiente. Las críticas a las categorías dieron
origen a una serie de propuestas sucesivas: versión 2.0 (Mace et al. 1992).
versión 2.1 (UICN 1993), versión 2.2 (Mace & Stuart 1994) y en 1994 se
adoptaron nuevas categorías en las que tratan de incorporarse las opiniones
de numerosos especialistas que participaron en el proceso de revisión
continuó y luego de una serie de talleres y discusiones se produjeron
cambios a los criterios, se reconsideraron las definiciones de algunos
términos clave y se discutió el tratamiento de la incertidumbre. Al final,
el Consejo de la UICN adoptó la última versión que incorpora los cambios
sugeridos propuestos por la Comisión de Supervivencia de Especies (S.S.C.) y
consignadas en el documento "IUCN Red List Categories version 3.1" (estas
categorías fueron acordadas por la SSC-UICN el 9 de febrero de 2000 y
publicadas en 2001). Esta es la versión que se ha utilizado en el desarrollo
de los libros rojos de Colombia (UICN 2001).
No sobra advertir a los usuarios de los Libros Rojos que las categorías aquí
propuestas no deben traducirse automáticamente en niveles de prioridad de
conservación nacional o regional, ya que para esto sería necesario incluir
también otras consideraciones de carácter práctico, relacionadas con la
disponibilidad de recursos para la conservación así como con la importancia
ecológica, económica y cultural del taxón.
La abreviatura asignada a cada categoría (entre paréntesis) corresponde a la
nomenclatura inglesa. EX: extinct; EW:
extinct in the wild; CR: critically endangered; EN:
endangered; VU: vulnerable; NT:
near threatened; LC: least concern; DD:
data deficient; NE: not evaluated. |
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Extinto (Ex): Un taxon se considera Extinto
cuando no existe ninguna duda razonable de que el último individuo existente
ha muerto. Se considera que un taxon está extinto cuando prospecciones
exhaustivas de su hábitat conocidos y/o esperados, en los momentos
apropiados y a lo largo de su área de distribución histórica, no han podido
detectar un solo individuo. Las porspecciones deberán ser realizadas en
periodos de tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del taxón. |
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Extinto en estado Silvestre (EW): Un taxon está
Extinto en Estado Silvestre cuando sólo sobrevive en cultivo, en cautividad
o como población (o poblaciones) naturalizadas completamente fuera de su
distribución original. Se presume que un taxon está Extinto en Estado
Silvestre cuando prospecciones exhaustivas de sus hábitat, conocidos y/o
esperados, en los momentos apropiados (diarios, estacionales, anuales), y a
lo largo de su área de distribución histórica, no han podido detectar un
solo individuo. Las prospecciones deberán ser realizadas en períodos de
tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del taxon. |
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Extinto a nivel Regional (ER): Cuando no hay
una duda razonable de que el último individuo capaz de reproducirse en la
región ha muerto o desaparecido de la naturaleza en la región, o en el caso
de se un antiguo visitante, el último individuo ha muerto o desaparecido de
la naturaleza en la región. La fijación de cualquier límite de tiempo para
su inclusión en la lista como ER es dejado a la discreción de la autoridad
regional de la Lista Roja, pero en ningún caso debe ser una fecha anterior a
1500 d. C. |
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En Peligro Crítico (CR): Un taxon está En
Peligro Crítico cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple
cualquiera de los criterios "A" a "E" para esta misma categoría y por tanto
se considera que está expuesto a un riesgo extremadamente alto de extinción
silvestre. |
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En Peligro (EN): Un taxon está En Peligro
cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquiera de los
criterios "A" a "E" para esta misma categoría y por tanto se considera que
está expuesto a un riesgo muy alto de extinción silvestre. |
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Vulnerable (VU): Un taxon es Vulnerable cuando
la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquiera de los criterios
"A" a "E" para esta misma categoría y por tanto se considera que está
expuesto a un riesgo alto de extinción en estado silvestre. |
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Casi Amenazado (NT): Un taxon está Casi
Amenazado cuando ha sido evaluado según los criteríos y no satisface,
actualmente, los criterios para En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable;
pero está próximo a satisfacerlos, o posiblemente los satisfaga, en un
futuro muy cercano. |
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Preocupación Menor (LC): Un taxon se considera
de Preocupación Menor cuando ha sido evualudo según los criterios y no
satisface los criterios para En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o
Casi Amenazado. |
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Datos Insuficientes (DD): Cuando no existe
información suficiente para llevar a cabo una evaluación de su riesgo de
extinción basándose en la distribución y/o condición de la población. |
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No evaluado: Un taxon se considera como no
evaluado cuando todavía no ha sido clasificado en relación con estos
criterios. |
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Especies incluidas en libros rojos y catálogos de endemismos |
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● Agelena lepida
O. Pickard-Cambridge, 1876 (Agelenidae) |
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● Amaurobius
cerberus Fage, 1931 (Amaurobiidae) |
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● Anapistula
ataecina (Cardoso & Scharff, 2009) (Symphytopnathidae) |
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● Argyroneta
aquatica (Clerk, 1757) (Cybaeidae) |
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● Donacosa merlini
Alderweireldt y Jocqué, 1991 (Lycosidae) |
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● Dysdera affinis
Ferrández, 1996 (Dysderidae) |
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● Dysdera anonyma
Ferrández, 1984 (Dysderidae) |
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● Dysdera aurgitana
Ferrández, 1986 (Dysderidae) |
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● Dysdera bicornis
Fage, 1931 (Dysderidae) |
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● Dysdera castillonensis
Ferrández, 1996 (Dysderidae) |
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● Dysdera helenae
Ferrández, 1996 (Dysderidae) |
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● Dysdera mucronata
Simon, 1910 (Dysderidae) |
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● Dysdera ortunoi
Ferrández, 1996 (Dysderidae) |
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● Dysdera spanoli
Ribera & Ferrández, 1986 (Dysderidae) |
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● Dysdera valentina
Rivera, 2004 (Dysderidae) |
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● Dysdera veigai
Ferrández, 1985 (Dysderidae) |
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● Harpactea minoccii
Ferrández, 1982 (Dysderidae) |
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● Harpactocrates
cazorlensis Ferrández, 1986 (Dysderidae) |
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● Harpactocrates
meridionalis Ferrández y Martin, 1986 |
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● Iberoneta nasewoa
Deeleman-Reinhold, 1985 (Linyphiidae) |
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● Lepthyphantes fagei
Machado, 1939 (Linyphiidae) |
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● Lepthyphantes ibericus
Ribera, 1981 (Linyphiidae) |
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● Lepthyphantes zaragozai
Ribera, 1981 (Linyphiidae) |
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● Macrothele calpeiana
(Walckenaer, 1805) (Hexathelidae) |
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● Micrommata aljibica
Urones, 2004 (Sparassidae) |
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● Ozyptila bejarana
Urones, 1998 (Thomisidae) |
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● Pachygnatha bonneti
Senglet, 1972 (Tetragnathidae) |
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● Parachtes deminutus
(Denis, 1957) (Dysderidae) |
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● Pyrenocosa rupicola
(Dufour, 1821) (Lycosidae) |
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● Speleoharpactea levantina
Ribera, 1982 (Dysderidae) |
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● Telema tenella E.
Simon, 1882 (Telemidae) |
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● Zodarion andalusicum
Jocque, 1991 (Zodaridae) |
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● Zodarion bosmani
Pekar & Cardoso, 2005 |
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● Zodarion jozefienae
Bosmans, 1994 (Zodaridae) |
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● Zodarion merlijni
Bosmans, 1994 (Zodaridae) |
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Opiliones |
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● Acromitosoma rhinocerus
(Roewer, 1917) |
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● Malorerus randoi (Rambla,
1993) |
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● Nelima hispana Martens, 1969 |
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● Roeweritta carpentieri
(Roewer, 1993) |
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● Scotolemon spanoli Rambla,
1973 |
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Pseudoscorpiones |
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● Acanthocreagris
multispinosa Estany, 1978 |
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● Acanthocreagris relicta
Mahnert, 1977 |
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● Chthonius (Ephippiochthonius)
mahnerti Zaragoza, 1984 |
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● Chthonius (Ephippiochthonius)
pinai Zaragoza, 1985 |
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● Chthonius (Ephippiochthonius)
sendrai Zaragoza, 1985 |
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● Chthonius (Ephippiochthonius)
vantalloi Beier, 1939 |
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● Chthonius (Ephippiochthonius)
verai Zaragoza, 1985 |
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● Larca lucentina
Zaragoza, 2005 |
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● Paedobisium minutum
Beier, 1939 |
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● Roncus boneti boneti
Beier, 1931 |
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● Roncus boneti tabernae
Mahnert, 1977 |
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● Roncus setosus
Zaragoza, 1982 |
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● Troglobisium racovitzai
(Ellingsen, 1912) |
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Red de Parques Nacionales y Parques Naturales de España |
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Los Parques Naturales son áreas
naturales poco transformadas por la explotación u ocupación humana que,
en razón a la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus
ecosistemas o de sus ciclos y procesos ecológicos, la singularidad de su
flora y vegetación, de su fauna o de sus formaciones geomorfológicas,
poseen unos valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos cuya
conservación merece una atención preferente.
En ellos se podrá limitar el aprovechamiento de los recursos naturales,
prohibiéndose en todo caso los incompatibles con las finalidades que
hayan justificado su creación.
En los Parques Naturales no se permitirá el ejercicio de la caza, salvo
que expresamente se autorice y regule en sus instrumentos de
planificación, manejo y gestión o cuando, por razones de orden
biológico, técnico o científico, el órgano competente en materia de
medio ambiente conceda la oportuna autorización.
En los Parques se facilitará la entrada de
visitantes con las limitaciones precisas para garantizar la protección
de aquéllos.
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Mapa
Espacios Naturales Protegidos de España
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Andalucía
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Aragón
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Cantabria
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Castilla y León
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Castilla-La Mancha
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Cataluña
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Comunidad de Madrid
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Comunidad Foral de Navarra
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Comunidad Valenciana
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Extremadura
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Galicia
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Islas Baleares
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Islas Canarias
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La Rioja
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País Vasco
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Principado de Asturias
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Región de Murcia
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