CONSERVACIÓN
 
  Aspectos legales sobre la Conservación de los Arácnidos  
     
 

Resulta innegable el que la legislación en materia de conservación de especies ha estado tradicionalmente dirigida hacia el grupo de los vertebrados. Afortunadamente, en los últimos años existe una clara tendencia a paliar este sesgo mediante la incorporación de un mayor número de táxones vegetales y de especies de invertebrados a los catálogos y listados con vigencia legal en concordancia con una visión más completa sobre el concepto de biodiversidad (Gómez-Campo, 1987 y Rosas et al., 1992). No obstante, hubo que esperar a los años setenta para que numerosos países de Europa (Austria, Bélgica, Polonia, España, Suiza, Luxemburgo y Alemania) adoptaran las primeras medidas para conservar a los invertebrados más amenazados a través de la publicación de libros y listas rojas. En este sentido, a nivel internacional, la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) contribuyó a aumentar la preocupación social acerca de la necesidad de conservación de los invertebrados mediante la publicación del Libro Rojo de Invertebrados de la UICN (UICN, 1983). Estos listados sirvieron de base para la elaboración de listados en convenios de carácter nacional e internacional que, a su vez, han originado leyes cuyo objetivo es el de amparar y proteger legalmente a estas especies. Sin embargo, es necesario mencionar aquí que de por sí la mera inclusión de una especie en una lista roja resulta ser una medida poco eficaz si no va acompañada de un esfuerzo paralelo o posterior de inclusión en catálogos nacionales o regionales y de la protección de los hábitat donde se encuentran las mismas (Viejo y Sánchez-Cumplido, 1995).

En España un hito de indudable importancia ocurrió en 1985 cuando nuestro país se adhiere a los tratados internacionales sobre protección de fauna y flora: Convenio de CITES, Convenio de Berna, Convenio de Bonn y, ya en 1992, a la relevante Directiva Hábitats (Directiva 92/43/CEE). En 1989, se aprueba la Ley 4/1989 de 27 de marzo de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres mediante la cual todas las especies animales no incluidas en catálogos cinegéticos quedan protegidas. A raíz de esta Ley se crea el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y se faculta a las Comunidades Autónomas para la elaboración de sus correspondientes Catálogos regionales en el marco de sus respectivas leyes de protección de flora y fauna silvestres.

 
     
 

El listado de herramietas legales de protección de los ambientes es relativamente extenso e involucra normativas como la ya desarrollada Directiva Hábitat (que establece las ZECs o Zonas de Especial Conservación), la Directiva Aves (que establece las ZEPAs o Zonas de Especial Protección para las Aves) o la Red de Reservas de la Biosfera. Ademas contamos con otros documentos normativos que de una u otra manera favorecen la conservación de nuestro rico patrimonio natural, entre ellas destacamos aquí la Ley de Costas, la Ley Forestal o la Ley del Suelo.

 
     
 

Algunas de las herramientas legales anteriormente citadas se presenta a continuación ordenadas según su ámbito de aplicación:

 
     
  Convenios Internacionales  
     
 
 
  Comunitaria  
     
 
 
  Estatal  
     
 
 
  Autonómica  
     
 
 
     
  Plan estratégico del patrimonio natural y la biodiversidad 2011-2017  
     
 

Plan estratégico del patrimonio natural y la biodiversidad 2011-2017 (libro) (26,5 MB)  
   

 

 
  Atlas de invertebrados amenazados de España  
 

 

 
 

 

 

 

 

 

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  Atlas de invertebrados amenazados de España  
 

 

 
 

  • Índice
  • Autores y equipo de trabajo
  • Introducción
  • Metodología del trabajo de campo
  • Base metodológica cartográfica
  • Diseño de las fichas
  • Lista Roja de los invertebrados de España actualizada
  • Superando las limitaciones: Nuevas estrategias para nuevos retos
  • Evaluación del estado de conservación de los invertebrados amenazados de España (CR y EN)
  • Portada cubierta del Atlas
  • Créditos

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Atlas y Libro Rojo de los Invertebrados Amenazados de España

 
     
 

 

Volúmen I: Artrópodos

  • Portada
  • Indice
  • Autores y equipo de trabajo
  • Prólogo
  • Introducción
  • Metodología del trabajo de campo
  • Metodología cartográfica y modelos predictivos de distribución
  • Diseño de las fichas
  • Lista Roja de los Invertebrados de España Actualizada
  • Mapa de distribución potencial de los artrópodos vulnerables
  • Mapa de distribución potencial de los artrópodos en peligro crítico y en peligro
 
   

 

 
 

Volúmen II: Moluscos

  • Autores y equipo de trabajo
  • Mapa de distribución potencial de los moluscos vulnerables
  • Mapa de distribución potencial de los moluscos en peligro crítico y en peligro
  • Los invertebrados amenazados de España: grado, factores de amenaza y medidas de conservación
  • Conservación de los invertebrados amenazados de España: distribución de la riqueza de especies, extinción local y evaluación de la efectividad de la Red de Espacios Naturales Protegidos
 
     
 

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  Libro Rojo de los Invertebrados Amenazados de Andalucía  
     
 

El Libro Rojo de los invertebrados de Andalucía consta de cuatro tomos donde han sido incluidos todos aquellos táxones (especies y, en algunos, casos subespecies) de interés conservacionista según sus condiciones poblacionales cuyas áreas de distribución incluyan o hayan incluido Andalucía.

 
     
 

Tomo I

  • Introducción
  • Metodología
  • Análisis de los resultados
  • Listado sistemático de los invertebrados del Libro Rojo de Andalucía
  • Invertebrados amenazados de Andalucía
  • Filo Porifera
  • Filo Cnidaria
  • Filo Mollusca
  • Glosario
  • Créditos fotográficos
  • Indice alfabético
  • Tomo II
  • Tomo III
  • Tomo IV
 
   

 

 
 

 

Tomo II

  • Filo Mollusca (Continuación)
  • Filo Echinodermata
  • Especies marinas de otros filos
  • Filo Arthropoda
  • Subfilo Chelicerata
  • Clase Arachnida
  • Filo Crustacea
  • Subfilo Hexapoda
  • Clase Insecta
  • Orden Odonata
  • Orden Orthoptera
  • Glosario
  • Créditos fotográficos
  • Índice alfabético
  • Créditos fotográficos
  • Indice alfabético
  • Tomo II
  • Tomo III
  • Tomo IV
 
   

 

 
 

 

Tomo III

  • Subfilo Hexapoda (Continuación)
  • Clase Insecta (Continuación)
  • Orden Coleoptera
  • Orden Lepidoptera
  • Orden Hymenoptera
  • Especies de otros órdenes de insectos
  • Glosario
  • Créditos fotográficos
  • Índice alfabético

 

 

 
   

 

 
 

 

 

 

 

 

 

Tomo IV

  • Invertebrados de Andalucía con categoría menor de amenaza
  • Filo Porifera
  • Filo Cnidaria
  • Filo Nematoda
  • Filo Mollusca
  • Filo Annelida
  • Filo Arthropoda
  • Subfilo Chelicerata
  • Clase Arachnida
  • Subfilo Crustacea
  • Subfilo Hexapoda
  • Clase Insecta
  • Orden Odonata
  • Orden Orthoptera
  • Orden Coleoptera
  • Orden Trichoptera
  • Orden Lepidoptera
  • Orden Hymenoptera
  • Filo Bryozoa
  • Filo Echinodermata
  • Filo Chordata-Tunicata
  • Bibliografía
  • Autores de textos para especies de invertebrados NT (Casi Amenazado), LC (Preocupación Menor) y DD (Datos Insuficientes)
  • Anexo fotográfico
  • Glosario
  • Créditos fotograficos
  • Índice alfabético
 
     
 

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  Declaración de Granada  
     
 

La “Declaración de Granada” vio la luz en el transcurso del I Taller sobre Gestión Activa de los Invertebrados en Andalucía celebrado en Granada en mayo de 2008. En este encuentro, auspiciado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se dieron cita investigadores procedentes de diversos institutos y centros de investigación, así como técnicos y gestores implicados en la gestión del medio natural. La filosofía que enmarca a la “Declaración de Granada” tiene como principios básicos la conservación de los invertebrados, que no se debe olvidar que es con mucha diferencia el grupo mayoritario de seres vivos, y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

 
     
 

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  Invertebrados Endémicos de la Comunidad Valenciana  
     
 

En enero del 2007 se publicó el libro Invertebrados endémicos de la Comunitat Valenciana, bajo la coordinación de Jordi Domingo, Sergio Montagud y Alberto Sendra y el patrocinio del Museu Valencià d' Historia Natural, la Generalitat Valenciana y la Caja de Ahorrors del Mediterráneo.

 
     
 

El interés del libro es evidente para los entomólogos pues básicamente se ocupa de artrópodos y moluscos (para decirlo todo, menciona también a dos Nematoda y un Annelida). Geográficamente se abarca el territorio valenciano, pero considerando igualmente zonas limítrofes exteriores que corresponden a extensiones de hábitats u otros elementos geográficos (relieves montañosos, cuencas hidrográficas, etc. Los cuales no suelen molestarse en respetar los límites administrativos). Así pues se consideran endemismos valencianos algunas especies que pueden estar presentes fuera de Valencia. Un total de 166 taxones han sido considerados verdaderos endemismos, a los que se une información más resumida sobre otros 91 ‘endemismos probables’.

 

 
     
 

Tras un amplia introducción en la que se explican definiciones, conceptos, metodología y comentarios sobre las características de los hábitats valencianos, para cada taxon se facilita una ficha que incluye información taxonómica, biológica, sobre el hábitat, una propuesta de categoría de protección (de uso ‘interno’ aunque basada en terminología estandarizada) y un comentario concreto sobre el estado de conservación de la especie, todo ello junto a un mapa del territorio donde se señala la presencia de la especie en cuadrículas UTM de 10 x 10 km y, en ocasiones, una fotografía del propio organismo (todas en color, como los propios mapas).

 
     
     
     
  La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN)  
     
  http://www.iucn.org/  
     
 

La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza es una red medioambiental creada en 1948 que agrupa más de 80 estados, 111 agencias gubernamentales, 784 ONG nacionales, 34 agencias afiliadas, 89 ONG internacionales y a unos 1.000 científicos y expertos de 160 países. Es la mayor red mundial de estas características en la que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente participa como miembro.

 
     
 

Su misión es influir, estimular y apoyar a las sociedades de todo el planeta, con objeto de mantener la integridad de la naturaleza y asegurar el uso equitativo y ecológicamente sostenible de los recursos naturales. La IUCN contribuye a encontrar soluciones pragmáticas para los urgentes desafíos del medio ambiente y el desarrollo que enfrenta el planeta, apoyando la investigación científica, gestionando proyectos de campo en todo el mundo y reuniendo a los gobiernos, las ONG, las Naciones Unidas, las convenciones internacionales y las empresas para que trabajen juntas en el desarrollo de políticas, leyes y buenas prácticas.

 
     
 

La IUCN desarrolla y apoya ciencia de vanguardia para la conservación, particularmente en especies, ecosistemas, biodiversidad y el impacto que éstas tienen en los medios de vida humanos. Además, ejecuta numerosos proyectos de campo y ejerce su influencia para desarrollar y aplicar leyes, políticas y buenas prácticas.

 
     
  El Comité Español de la UICN  
     
  http://www.uicn.es/  
     
 

El Comité Español de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) es uno de los Comités Nacionales oficialmente reconocidos por esta entidad. Se encarga de difundir y desarrollar los programas, actividades e iniciativas de la UICN en el territorio nacional a través de su Oficina Técnica, jugando un papel cada vez más importante en el establecimiento de prioridades y la implementación del programa de trabajo de la Unión en su área geográfica de influencia.

 
     
 

Su objetivo fundamental es la preservación del patrimonio natural y la diversidad biológica, actuando como plataforma de encuentro y debate entre organismos gubernamentales y no gubernamentales responsables o implicados en la conservación de la naturaleza en España, facilitando el intercambio de experiencias gracias a las redes de conocimiento de UICN e impulsando la cooperación entre ellos.

 
     
 

Al mismo tiempo, a través del Comité, los miembros de UICN mejoran su posición para interactuar sobre intereses compartidos en su región e identificar cuestiones que se puedan abordar de manera conjunta. Esto lleva a la Oficina Técnica a trabajar en términos de cooperación bidireccional con el Mediterráneo e Iberoamérica, con el objeto de fomentar la inclusión del conocimiento y de las prácticas tradicionales de las comunidades locales y su empoderamiento en los procesos conservacionistas, transmitiendo así los conocimientos existentes en ambas direcciones.

 
     
  Guia de buenas prácticas para detener la pérdida de biodiversidad (2009)  
     
 

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  Categorías y Criterios de la Lista Roja de la UICN Versión 3.1  
     
 

         

  • I. Introducción
  • II. El Preambulo
  • III. Definiciones
  • IV. Las Categorías
  • V. Criterios para las categorías de en Peligro Crítico, en Peligro y Vulnerable
  • Anexo 1: Incertidumbre
  • Anexo 2: Enunciación de las Categorías y Criterios de la Lista Roja de UICN
  • Anexo 3: Documentación Requerida para los Taxones Incluidos en la Lista Roja de la UICN
  • Referencias
 
     
 

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Definición de las categorías establecidas por la UICN adoptadas para la evaluación de taxónes a nivel regional (tomado de la UICN, 2003).

 
     
 

Las listas rojas producidas por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) se han utilizado durante los últimos 30 años para llamar la atención sobre las especies que se encuentran en peligro de extinción a nivel mundial. Las categorías de la UICN fueron sometidas a una revisión desde 1987, puesto que el sistema presentaba dificultades para su aplicación a algunos taxones como plantas e invertebrados y además son pocas las especies a nivel mundial de las que existe información suficiente. Las críticas a las categorías dieron origen a una serie de propuestas sucesivas: versión 2.0 (Mace et al. 1992). versión 2.1 (UICN 1993), versión 2.2 (Mace & Stuart 1994) y en 1994 se adoptaron nuevas categorías en las que tratan de incorporarse las opiniones de numerosos especialistas que participaron en el proceso de revisión continuó y luego de una serie de talleres y discusiones se produjeron cambios a los criterios, se reconsideraron las definiciones de algunos términos clave y se discutió el tratamiento de la incertidumbre. Al final, el Consejo de la UICN adoptó la última versión que incorpora los cambios sugeridos propuestos por la Comisión de Supervivencia de Especies (S.S.C.) y consignadas en el documento "IUCN Red List Categories version 3.1" (estas categorías fueron acordadas por la SSC-UICN el 9 de febrero de 2000 y publicadas en 2001). Esta es la versión que se ha utilizado en el desarrollo de los libros rojos de Colombia (UICN 2001).

No sobra advertir a los usuarios de los Libros Rojos que las categorías aquí propuestas no deben traducirse automáticamente en niveles de prioridad de conservación nacional o regional, ya que para esto sería necesario incluir también otras consideraciones de carácter práctico, relacionadas con la disponibilidad de recursos para la conservación así como con la importancia ecológica, económica y cultural del taxón.

La abreviatura asignada a cada categoría (entre paréntesis) corresponde a la nomenclatura inglesa. EX: extinct; EW: extinct in the wild; CR: critically endangered; EN: endangered; VU: vulnerable; NT: near threatened; LC: least concern; DD: data deficient; NE: not evaluated.

 
 

 

 
 

Extinto (Ex): Un taxon se considera Extinto cuando no existe ninguna duda razonable de que el último individuo existente ha muerto. Se considera que un taxon está extinto cuando prospecciones exhaustivas de su hábitat conocidos y/o esperados, en los momentos apropiados y a lo largo de su área de distribución histórica, no han podido detectar un solo individuo. Las porspecciones deberán ser realizadas en periodos de tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del taxón.

 
 

 

 
 

Extinto en estado Silvestre (EW): Un taxon está Extinto en Estado Silvestre cuando sólo sobrevive en cultivo, en cautividad o como población (o poblaciones) naturalizadas completamente fuera de su distribución original. Se presume que un taxon está Extinto en Estado Silvestre cuando prospecciones exhaustivas de sus hábitat, conocidos y/o esperados, en los momentos apropiados (diarios, estacionales, anuales), y a lo largo de su área de distribución histórica, no han podido detectar un solo individuo. Las prospecciones deberán ser realizadas en períodos de tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del taxon.

 
 

 

 
 

Extinto a nivel Regional (ER): Cuando no hay una duda razonable de que el último individuo capaz de reproducirse en la región ha muerto o desaparecido de la naturaleza en la región, o en el caso de se un antiguo visitante, el último individuo ha muerto o desaparecido de la naturaleza en la región. La fijación de cualquier límite de tiempo para su inclusión en la lista como ER es dejado a la discreción de la autoridad regional de la Lista Roja, pero en ningún caso debe ser una fecha anterior a 1500 d. C.

 
 

 

 
 

En Peligro Crítico (CR): Un taxon está En Peligro Crítico cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquiera de los criterios "A" a "E" para esta misma categoría y por tanto se considera que está expuesto a un riesgo extremadamente alto de extinción silvestre.

 
 

 

 
 

En Peligro (EN): Un taxon está En Peligro cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquiera de los criterios "A" a "E" para esta misma categoría y por tanto se considera que está expuesto a un riesgo muy alto de extinción silvestre.

 
 

 

 
 

Vulnerable (VU): Un taxon es Vulnerable cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquiera de los criterios "A" a "E" para esta misma categoría y por tanto se considera que está expuesto a un riesgo alto de extinción en estado silvestre.

 
 

 

 
 

Casi Amenazado (NT): Un taxon está Casi Amenazado cuando ha sido evaluado según los criteríos y no satisface, actualmente, los criterios para En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable; pero está próximo a satisfacerlos, o posiblemente los satisfaga, en un futuro muy cercano.

 
 

 

 
 

Preocupación Menor (LC): Un taxon se considera de Preocupación Menor cuando ha sido evualudo según los criterios y no satisface los criterios para En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazado.

 
 

 

 
 

Datos Insuficientes (DD): Cuando no existe información suficiente para llevar a cabo una evaluación de su riesgo de extinción basándose en la distribución y/o condición de la población.

 
 

 

 
 

No evaluado: Un taxon se considera como no evaluado cuando todavía no ha sido clasificado en relación con estos criterios.

 
 

 

 
 

Especies incluidas en libros rojos y catálogos de endemismos

 
     
       Araneae  
 

 

 
       ● Agelena lepida O. Pickard-Cambridge, 1876 (Agelenidae)    
       ● Amaurobius cerberus Fage, 1931 (Amaurobiidae)    
       ● Anapistula ataecina (Cardoso & Scharff, 2009) (Symphytopnathidae)    
       ● Argyroneta aquatica (Clerk, 1757) (Cybaeidae)    
       ● Donacosa merlini Alderweireldt y Jocqué, 1991 (Lycosidae)    
       ● Dysdera affinis Ferrández, 1996 (Dysderidae)    
       ● Dysdera anonyma Ferrández, 1984 (Dysderidae)    
       ● Dysdera aurgitana Ferrández, 1986 (Dysderidae)    
       ● Dysdera bicornis Fage, 1931 (Dysderidae)    
       ● Dysdera castillonensis Ferrández, 1996 (Dysderidae)    
       ● Dysdera helenae Ferrández, 1996 (Dysderidae)    
       ● Dysdera mucronata Simon, 1910 (Dysderidae)    
       ● Dysdera ortunoi Ferrández, 1996 (Dysderidae)    
       ● Dysdera spanoli Ribera & Ferrández, 1986 (Dysderidae)    
       ● Dysdera valentina Rivera, 2004 (Dysderidae)    
       ● Dysdera veigai Ferrández, 1985 (Dysderidae)    
       ● Harpactea minoccii Ferrández, 1982 (Dysderidae)    
       ● Harpactocrates cazorlensis Ferrández, 1986 (Dysderidae)    
       ● Harpactocrates meridionalis Ferrández y Martin, 1986    
       ● Iberoneta nasewoa Deeleman-Reinhold, 1985 (Linyphiidae)    
       ● Lepthyphantes fagei Machado, 1939 (Linyphiidae)    
       ● Lepthyphantes ibericus Ribera, 1981 (Linyphiidae)    
       ● Lepthyphantes zaragozai Ribera, 1981 (Linyphiidae)    
       ● Macrothele calpeiana (Walckenaer, 1805) (Hexathelidae)    
       ● Micrommata aljibica Urones, 2004 (Sparassidae)    
       ● Ozyptila bejarana Urones, 1998 (Thomisidae)    
       ● Pachygnatha bonneti Senglet, 1972 (Tetragnathidae)    
       ● Parachtes deminutus (Denis, 1957) (Dysderidae)    
       ● Pyrenocosa rupicola (Dufour, 1821) (Lycosidae)    
       ● Speleoharpactea levantina Ribera, 1982 (Dysderidae)    
       ● Telema tenella E. Simon, 1882 (Telemidae)    
       ● Zodarion andalusicum Jocque, 1991 (Zodaridae)    
       ● Zodarion bosmani Pekar & Cardoso, 2005    
       ● Zodarion jozefienae Bosmans, 1994 (Zodaridae)    
       ● Zodarion merlijni Bosmans, 1994 (Zodaridae)    
       
       Opiliones    
       
       ● Acromitosoma rhinocerus (Roewer, 1917)    
       ● Malorerus randoi (Rambla, 1993)    
       ● Nelima hispana Martens, 1969    
       ● Roeweritta carpentieri (Roewer, 1993)    
       ● Scotolemon spanoli Rambla, 1973    
       
       Pseudoscorpiones    
       
       ● Acanthocreagris multispinosa Estany, 1978    
       ● Acanthocreagris relicta Mahnert, 1977    
       ● Chthonius (Ephippiochthonius) mahnerti Zaragoza, 1984    
       ● Chthonius (Ephippiochthonius) pinai Zaragoza, 1985    
       ● Chthonius (Ephippiochthonius) sendrai Zaragoza, 1985    
       ● Chthonius (Ephippiochthonius) vantalloi Beier, 1939    
       ● Chthonius (Ephippiochthonius) verai Zaragoza, 1985    
       ● Larca lucentina Zaragoza, 2005    
       ● Paedobisium minutum Beier, 1939    
       ● Roncus boneti boneti Beier, 1931    
       ● Roncus boneti tabernae Mahnert, 1977    
       ● Roncus setosus Zaragoza, 1982    
       ● Troglobisium racovitzai (Ellingsen, 1912)    
   

 

   
  Red de Parques Nacionales y Parques Naturales de España    
       
 

Los Parques Naturales  son áreas naturales poco transformadas por la explotación u ocupación humana que, en razón a la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o de sus ciclos y procesos ecológicos, la singularidad de su flora y vegetación, de su fauna o de sus formaciones geomorfológicas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos cuya conservación merece una atención preferente.

En ellos se podrá limitar el aprovechamiento de los recursos naturales, prohibiéndose en todo caso los incompatibles con las finalidades que hayan justificado su creación.

En los Parques Naturales no se permitirá el ejercicio de la caza, salvo que expresamente se autorice y regule en sus instrumentos de planificación, manejo y gestión o cuando, por razones de orden biológico, técnico o científico, el órgano competente en materia de medio ambiente conceda la oportuna autorización.

En los Parques se facilitará la entrada de visitantes con las limitaciones precisas para garantizar la protección de aquéllos.

   
       
 

   
       
 

Mapa Espacios Naturales Protegidos de España

   
       
 

   
   

 

   
 

               Andalucía

   
 
   
       
 

               Aragón

   
 
   
       
 

               Cantabria

   
 
   
       
 

               Castilla y León

   
 
   
       
 

               Castilla-La Mancha

   
 
   
       
 

               Cataluña

   
 
   
       
 

               Comunidad de Madrid

   
 
   
       
 

               Comunidad Foral de Navarra

   
 
   
       
 

               Comunidad Valenciana

   
 
   
       
 

               Extremadura

   
 
   
       
 

               Galicia

   
 
   
       
 

               Islas Baleares

   
 
   
       
 

               Islas Canarias

   
 
   
       
 

               La Rioja

   
 
   
       
 

               País Vasco

   
 
   
       
 

               Principado de Asturias

   
 
   
       
 

               Región de Murcia